III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana CARMEN MARGELI YATA MURRO SANABRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.259.052 asistida por el abogado HELERIS RAMÓN PEREIRA PINTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 239.621, contra el ciudadano ARNALDO JESÚS RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.218.166. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vinculo matrimonial contraído en fecha 23 de diciembre del año 2006, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Aguas Cal.....