El Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, intentada por el ciudadano AQUILES RENE RATTIA CAMACARO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.822.052 y de este domicilio, en contra de la ciudadana JUANA DEL CARMEN CALDERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.846.645 y de este domicilio. Se condena a esta última a entregarle al primero totalmente libre de personas y cosas el inmueble ubicado en la Calle Carabobo entre Calles José Luís Andrade y Rivas, Sector Trasandino de esta ciudad de Carora. Se condena en Costas Procesales a la parte demandada por haber sido totalmente vencida en la presente causa. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente sentencia y archívese.