En consecuencia, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación, y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, procede a dicta y publicar el fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, en tal sentido: este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA CONTRA LA DEMANDADA " SERENOS AVILA S.R.L. (SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN INDUSTRIAL)- ", condenándose a pagar la cantidad de, CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 4.964.590,56) mas lo que resulte por corrección monetaria, e intereses de Mora, que serán calculados mediante experticia complementaria del fallo