Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de entrega de Vehiculo interpuesta por el ciudadano ANGEL CUSTODIO ZARRAGA, venezolano, natural de esta ciudad, de 60 años de edad, casado, profesión u oficio Operador de Maquinaria Pesada, Cedula de Identidad Nº 4.790.521, Residenciado en el Sector La Tapa, Vía Curimagua, Sierra de Falcón, Calle Principal frente al Modulo de la Policía, Teléfono: 0268-404-7068, Asistido por el Profesional del Derecho JULIO CESAR CORONADO, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 14.563.824, debidamente Inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 168.103. SEGUNDO: Se ordena la entrega Material bajo Custodia al ciudadano ANGEL CUSTODIO ZARRAGA, venezolano, Cedul.....