el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por denuncia, a favor del ciudadano JORGE ANTONIO MARTÍNEZ CARREÑO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.772.895, residenciado en: La Calle el Salado, casa Nº 43, Cumaná, Estado Sucre, en investigación iniciada por ese despacho Fiscal por el delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ANA TERESA CARREÑO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.439.129, residenciada en: La Calle el Salado, casa Nº 43, Cumaná, Estado Sucre; en virtud de a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad para el Ministerio Púb.....