DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajó de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en razón de la incomparecencia de las partes a la audiencia oral y publica de juicio.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los 10 días del mes de Mayo del año 2013. Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZ;
CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL
H.D.D
El Secretario;
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