Este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, al acusado JORGE LUIS RIVAS RODRÍGUEZ, venezolano; titular de la cédula de identidad N° 24.874.627, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 26-09-93, de 22 años de edad; de oficio obrero, soltero, residenciado en: La Urbanización La Llanada, callejón 08, casa sin N°, cerca del Ambulatorio, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la adolescente, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley y así se decide. Se mantiene la medida de privación judicial de libertad al acusado, hasta que el juez .....