Se declara: PRIMERO: Se declara la nulidad aislada de los autos de fechas 25 de abril de 2013, 28 de mayo de 2013, 07 de junio de 2013, 14 de agosto de 2013 y las boletas emitidas con base en el referido auto , 23 de septiembre de 2013, y las boletas emitidas con base en el señalado auto, 19 de noviembre de 2014, y las respectivas boletas emitidas con base en el mencionado auto, 22 de abril de 2015 y las boletas ordenadas emitir; todos relacionados con el lapso probatorio, fijación del lapsos para presentar informes y auto para mejor proveer; SEGUNDO: Se repone la presente causa al estado de notificar a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela de la sentencia de admisión del recurso contencioso tributario; TERCERO: Una vez conste en autos las notificaciones ordenadas respecto a la presente decisión y asimismo conste en autos la notificación de la sentencia de admisión del recurso a la Procuraduría General de la República, déjese transcurrir íntegramente un.....