PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por el ciudadano ANDRÉS ENRIQUE MATHEUS PRADA, titular de la cédula de identidad N° V-12.045.992, asistido por el abogado GILBERTO LEÓN ÁLVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.165, contra la abogada JOHANNA DAYANARA MENDOZA TORRES, jueza provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la causa judicial N° KP02-M-2023-000054.
SEGUNDO: SE IMPONE al ciudadano ANDRÉS ENRIQUE MATHEUS PRADA, titular de la cédula de identidad N° V-12.045.992, multa, por la cantidad de dos mil bolívares con cero céntimos (Bs. 2000,00), conforme el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, los cuales deberán ser declarados al Fisco Nacional, a tal fin se ordena librar oficio dirigido al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera, para que sea expedida la planilla de pago correspondiente.
TERCERO: Se acuerda notifica.....