Este Tribunal Unipersonal de Juicio Nro 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley encuentra INOCENTE al ciudadano LUVIS PASTOR DURAN de la comisión de los delitos de TENTATIVA DE ROBO AGRAVADO Y LESIONES INTENSIONALES LEVES previsto y sancionado en los artículos 460 en concordancia con el artículo 80 y el artículo 418 en relación con el 420 todos del Código Penal, en consecuencia, se decreta su libertad plena desde la Sala de Audiencias y el cede de todas las medidas de coerción personal dictadas por el Tribunal de Control y esta Instancia.