Por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE, POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación interpuesto por el ABOGADO LUIS RAMOS REYES, Defensor Privado del ciudadano William Alberto Silva Peña, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a cargo de la Dra. Yanina Karain Marín, en fecha 20 de Marzo de 2005 y fundamentada en fecha 22 de Marzo de 2005, mediante la cual decretó la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano William Alberto Silva Peña.
Notifíquese. Publíquese, Regístrese y remítase al Tribunal de Primera Instancia a los fines legales consiguientes.