PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta el 23 de noviembre de 2006, por el codemandado ciudadano VÍCTOR HUGO GUTIÉRREZ MENDOZA, debidamente asistido por el abogado PETER GEORGE PÁEZ MONZÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.992, contra las sentencias interlocutorias de fechas 07 y 09 de noviembre de 2006, proferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA en la presente incidencia.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD de todo lo actuado en el presente procedimiento a partir del veinticuatro (24) de octubre de 2006, fecha en que el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, declaró la reposición de la causa al estado de fijar la misma para la contestación a la demanda.
TERCERO: En virtud de la declaratoria anterior, se decreta LA REPOSICIÓN de la presente causa al estado en que se encontraba para el veinticuatro (24) .....