DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte actora.
PARCIALMENTE CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano: JULIO CARICOTE, contra la Sociedad de Comercio "LÍNEA BOQUERON", C.A
En estos términos queda REVOCADA la sentencia recurrida.
Notifíquese la presente decisión al Tribunal A quo. Librese oficio.
Se ordena a la accionada a pagar al actor los siguientes montos y conceptos:
Antigüedad: 505 días, a salario promedio, la cantidad de Bs. 19.161,6.
Vacaciones no pagadas, ni disfrutadas: período 03/09/1999 a 03/09/2003; 170 días a último salario promedio, Bs.60, 00, la cantidad de Bs.10. 200,00
Vacaciones no pagadas, ni disfrutadas: período 03/09/2004 a 03/0.....