Concluida su exposición, el ciudadano Juez WILFREDO GONZALEZ SOSA, expone que no habiendo pruebas que evacuar, el Tribunal, siendo las 12:20 p.m., se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Siendo la 1:00 p.m., este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Declara: SIN LUGAR el Recurso de Invalidación que incoara la sociedad mercantil ESTACIONAMIENTO CHASAN, C.A.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Siendo la 1:00 p.m., se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgán.....