Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Desafecto incoada por los ciudadanos: JOSÉ FÉLIX GÓMEZ AYALA E YBRESKA YRASMERI SUAREZ MÁRQUEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrs°. V- 14.885.289 y V- 18.582.581, respectivamente, domiciliados en la Población de Marigüitar, del Estado Sucre, asistidos por la Abogada, en ejercicio Princesa Cedeño Bravo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 5260
En consecuencia: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por virtud del Matrimonio Civil, celebrado por ante la Oficina de Registros Civil del Municipio Bolívar, Parroquia Mari.....