Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente contra la decisión de fecha 27-07-2005 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción Judicial.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada, condenándose a la demandada al pago de Bs. 40.000.000,oo por concepto de Daño Moral, igualmente se condena a la demandada al pago de Bs. 382.611,25 por concepto de indemnización establecida en el Artículo 33, parágrafo primero de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Se acuerda la indexación judicial sobre la condenatoria de la indemnización de Bs. 382.611,25, para lo cual se ordena una experticia complementaria del fal.....