PARTE
DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la ley niega la medida de secuestro preventivo sobre bienes propiedad de la demandada ENTIDAD MERCANTIL SPICA SERVICIOS LOGÍSTICOS C.A., solicitada en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpusieran los el ciudadano MANUEL A. FERREIRA y FABIO CASTELLANO, apoderados judiciales de la ENTIDAD MERCANTIL INVERSIONES MADEFER C.A.
Regístrese, publíquese la anterior decisión y déjese copia en el copiador de Sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Puerto Cabello a los Diez (10) días del mes de Julio de Dos Mil Siete (2007). Años 196° de la Independencia y 148° de la Federación.
LA JUEZ,
Abog. Alicia.....