PRIMERO: Se declara SIN LUGAR POR INOFICIOSO, el Recurso de Apelación, interpuesto por el Abogado Marcial Benjamín Azuaje Caripá, Defensor Público del ciudadano Héctor José Caripá Mogollón, contra de la decisión dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual declaró Sin Lugar el Recurso de Revocación interpuesto por la Defensa en virtud de haber admitido la Acusación Fiscal no obstante de haber sido recibida mediante fax, por cuanto en fecha 14 de Mayo del 2007, el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 10 (Extensión Carora) de este Circuito Judicial Penal, DICTÓ SENTENCIA CONDENATORIA en contra del ciudadano HECTOR JOSÉ CARIPA MOGOLLÓN, en virtud de la Admisión de los Hechos que este hiciera en la Audiencia Preliminar.
SEGUNDO: Se ordena librar Oficio al Fiscal Superior del Ministerio Público.
TERCERO: Se ORDENA la remisión de las actuaciones al Tribunal de Primera Instanc.....