Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 15 de marzo de 2004, por la abogada Maritza Gutiérrez Rivero, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada el 30 de enero de 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de estado Lara; CON LUGAR LA DEMANDA POR RENDICION DE CUENTAS, interpuesta por la empresa ESTACION DE SERVICIO CARABOBO C.A., contra el ciudadano CARLOS R. MARTINS PEREIRA. Se condenó al demandado a cancelar la suma reclamada por el actor en su libelo de demanda. QUEDO así CONFIRMADA la sentencia apelada. Se condenó en costas a la parte demandada de conformidad con los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión.