Con base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD PLENA al ciudadano JUAN CARLOS GOMEZ SANCHEZ, venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 29 años de edad, de profesión u oficio indefinida, residenciado en el barrio Santa Elena, calle 2, entre avenidas 1 y 2, casa Nº15, Municipio Páez, Estado Portuguesa y titular de la cédula de identidad Nº15.867.535, por considerarse que las armas de fabricación casera no son consideradas como de prohibido porte en la Ley de Armas y Explosivos y su Reglamento, por lo tanto no existe hecho punible que investigar.
Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía respectiva en su oportunidad, a los fines de ley y líbrese oficio de libertad del mencionado ciudadano.
Abg. Omar Fleita.....