PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana GLADYS SULBARAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 15.622.874, representada por la procuradora de trabajadores NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.952, en contra de la ASOCIACION CIVIL LINEA DE TAXIS LA HECHICERA; por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ASOCIACION CIVIL LINEA DE TAXIS LA HECHICERA, a pagar a la parte actora, ciudadana GLADYS SULBARAN, la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON DOS CENTIMOS (Bs. 8.270,02) por concepto de de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, más la cantidad de dinero calculada por concepto de interés sobre prestación de antigüedad, y así se establece.