Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir en segunda instancia la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos LESBIA DEL SOCORRO GÓMEZ DE OLIVEIRA, FERNANDO OLIVEIRA, actuando en representación de la sociedad mercantil INVERSIONES LOS OLIVEIRA GÓMEZ C.A., y LUIS OLIVEIRA GÓMEZ, con el carácter de presidente de la asociación cooperativa VILA VERDE, contra la sentencia de fecha 14 de agosto de 2012, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, todos ampliamente identificados.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado José Contreras Quiroz, actuando con e.....