En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano JOSE DE LOS SANTOS DURAN DELGADO, titular de la cedula de identidad N° V- 4.198.162, en consecuencia, se ordena a la Alcaldía del municipio Turen del estado Portuguesa que otorgue el beneficio de jubilación al referido ciudadano, en base al salario mínimo vigente decretado por el Ejecutivo Nacional, así como sean pagados los montos que a este le corresponden por la jubilación desde al fecha de terminación de la relación de trabajo, esto es desde el mes de julio de 2009, hasta la fecha en la que sea otorgado el beneficio aquí ordenado, montos estos que serán establecidos mediante e.....