Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en decisión del Juez de Juicio , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "ABANDONO VOLUNTARIO y SEVICIAS E INJURIAS GRAVES QUE HAGAN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMUN ", fundamentado en el artículo 185 causal 3° del Código Civil que intentara la ciudadana ANA JULIA ESTEVES VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°:13.598.185 y domiciliada en la urb. Valle de Santa Inés, vía Cumana-Cumanacoa Municipio sucre, Estado Sucre en contra del ciudadano ANGELO FERRARO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº:11.379.393 y domiciliado en puerto La Madera, calle principal, casa s/n, Municipio Sucre, Estado Sucre