"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, imparte la correspondiente Homologación a la Transacción efectuada en el juicio por Cumplimiento de Contrato por Vencimiento de Prórroga Legal, interpuesto por la ciudadana Ana Marbella González Rangel, asistida de abogado, contra la sociedad mercantil "Cyber Santísima Trinidad, c.a.", antes identificados. En consecuencia, ténganse con autoridad de cosa juzgada con todas las consecuencias legales. Se declara terminado el presente juicio. En consecuencia, este Tribunal se abstiene de archivar la presente causa, hasta tanto conste en autos el cabal cumplimiento de lo acordado entre las partes. Así se decide".