En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar las siguientes cantidades de dinero, PRIMERO: La cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 340.000,00) monto de La deuda.- SEGUNDO: Los intereses legales, calculados al 1% mensual que suma la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.400,00) que multiplicados por Tres meses suman la cantidad de DIEZ MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 10.200,00) igualmente los que se generen hasta que la sentencia quede definitivamente firme.- TERCERO: La cantidad de CIENTO UN MIL SETECIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.101.716,50) de Costas y Costos del proceso.- CUARTO: La cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 56.666,00) constituido por la comisión de una sexta parte (1/6) del monto
establecido en la obligación principal, según lo señalado en el artículo 456, numeral 4° del Código de Comercio Venezolano