V
DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, declara INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos Nicola Lucadamo Di Prieto y Dora Coromoto Martín Castellanos, titulares de las cédulas de identidad números V- 7.103.093 y Nº V-3.549.877, respectivamente, actuando en su carácter de apoderado el primero y la segunda como directora académica de la Institución Educativa CENTRO EDUCATIVO INSTITUTO ALPHA LEARNING, C.A., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 27, 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; 1, 2, 3 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra los actos administrativos contenidos en la Resolución N° 0450/2007 del 22 de mayo de 2007 mediante la cual se informa a dicha institución, que se procederá a practicar una Auditoria Fiscal en el ramo del Impuesto de Patente de Industria y Comercio.....