En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho propuesto por el Abogado ALFREDO DE JESUS SALVATORI, en su carácter de endosatario en procuración de BANINSA PARTNERS LIMITED, contra el auto del 30-11-2011, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a través del cual negó el recurso de apelación ejercido contra la decisión del 26-05-2009, que declaró sin lugar la demanda por cobro de bolívares incoada por BANINSA PARTNERS LIMITED contra RODOLFO LUIS ROJAS TROCONIS. En consecuencia, se ordena al citado Juzgado OIR EN AMBOS EFECTOS LA APELACION ejercida contra el citado fallo.
Queda así REVOCADO el auto recurrido.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese cop.....