En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, interpuesta por Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público, abogada Leonora Afanador Montiel, actuando en representación del ciudadano OMAR ALBERTO TROMPIZ LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.520.695, en contra de la ciudadana ANA ISABEL MEDINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.481.777, con relación al niña XXXXX. En consecuencia, se fija un RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR para el ciudadano OMAR ALBERTO TROMPIZ LUGO, plenamente identificado en autos, e.....