DECISION
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado JORGE ELIECER VAZQUEZ M., apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 28 de Marzo de 2011 por el JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, que declaró SIN LUGAR la cuestión previa alegada por el apoderado judicial de la parte demandada prevista en el numeral 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil y CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES INTIMATORIO, intentada por el apoderado judicial de la demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., en contra de los ciudadanos RODRIGO ALEXANDER MUÑOZ REYNOLDS y YAMILETH JOSEFINA FERNANDEZ GRATEROL. En consecuencia se condena a la parte demandada a cancelar a la parte actor.....