DECLARA con lugar la solicitud de prórroga incoada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, por lo que en razón de ello se mantiene la medida privativa de libertad que recae sobre el acusado Luís Guillermo Romero Romero, venezolano, de 25 años de edad, natural de Cumaná, Estado Sucre; titular de la Cédula de Identidad N° 24.401.136, nacido en fecha 23/09/1989, soltero, de oficio panadero, hijo de los ciudadanos Justino González y Damelis Josefina Romero, y residenciado en la avenida Rotaria, Guarapiche, cerca de la ferretería "Materiales Guarapiche", Cumaná, Estado Sucre, a quien se le instruye la presente causa por la presunta comisión del delito de Acto Carnal con Víctima Especialmente Vulnerable, previsto y sancionado en el artículo 44, numeral 4, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; medida de coerción personal que no podrá exceder de la pena mínima prevista para tal delito, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 230 .....