DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por el Fiscal del Ministerio Público con relación al adolescente OMITIDO (Ppio Confidencialidad, Parágrafo 2do. art. 65 LOPNA), plenamente identificado en autos, todo de conformidad con lo consagrado en el Artículo 561, Literal D de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, el artículo 48 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal y 103 del Código Penal Venezolano Vigente.
SEGUNDO: Se decreta el presente SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y se ordena el archivo de las actuaciones que constituyen el presente asunto.-
TERCERO: DECLARAR CON LUGAR el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL solicitado por el Fiscal del Ministerio Público en el asun.....