DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud Desestimación, solicitada por la Representante del Ministerio Público, en la causa seguida al adolescente xxxxxxxxxxxxx en lo que respecta al delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto en el artículo 473 del Código Penal; en perjuicio del xxxxxxxxxxxx; Con fundamento en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, vele porque no se vulneren los derechos de los ni.....