Por los razonamientos precedentes, este Tribunal primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA del auto de fecha 24 de Septiembre de 2007, emanado de este tribunal así como las boletas relacionadas condicho auto, en donde se acordó fijar audiencia preliminar en la presente causa, por contravenir los derechos y garantías del imputado CARLOS RUIZ ROZ SANEZ, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro 16.521.776, soltero, marino, domiciliado en la calle Reina Luisa, sector El Castillo, casa S/N de la Población de La Vela de Coro Municipio Colina del Estado Falcón, atinentes al debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela Judicial eficaz, consagrado en los artículos 26,de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela y 49 ordinal 1°, eiusdem; 1° y 12 del Código orgáni.....