En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra del imputado LEONARDO ARTURO PEREZ, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, donde nació el 09-04-1989, de 20 años de edad, soltero, obrero, domiciliado en el callejón 02, casa sin numero del Barrio nuevo de Turén Estado Portuguesa y titular de la cédula de identidad N° 24.023.717, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES INTENCIONALES TIPO BASICO, previstos y sancionados en los artículos 358 y 413 ambos del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, cometido en perjuicio de PEDRO JOSE SALAS Y EDUARD VEGA; medida privativa que deberá cumplir en la Comisaría Gral. José Antonio Páez, Acarigua, Estado Portuguesa.
Conform.....