DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Segundo De Los Municipios Falcón Y Los Taques De La Circunscripción Judicial Del Estado Falcón, Con Sede En Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Conceder a la Representación Fiscal un Plazo Prudencial de CUARENTA Y CICNO (45) DIAS contados a partir de la presente fecha para que el Ministerio Publico culmine con las investigaciones en este procedimiento, seguido en contra del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA; por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos previstos en el Código Penal de los denominados CONTRA LA COSA PUBLICA, CONTRA LAS PERSONAS, específicamente RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, LESIONES PERSONALES Y DAÑOS GENERICOS A LA COSA PUBLICA previsto y sancionado en los artículos 218, 413 y 473 numeral 3 del Código Penal respectivamente; a los fines de que elabore el acto conclusivo del mismo, todo de conformida.....