DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante.
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado a-quo a continuar el proceso del trámite del reclamo contra la experticia, de conformidad con lo señalado en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.-