EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, realizados por las partes en el acta de fecha 28 de septiembre de 2016, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en los mismos términos expuestos por las partes. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis. (2.016). Años: 204° de la Independencia y 157° de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA.
LA SECRETARIA, ACC
ABG. DAMELIS CHIRINO.
NOTA: En la misma fecha se dicto la decisión previo anuncio de Ley, siend.....