Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana YENNY MAIGUALIDA MUJICA, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Nro.V-12.744.769, asistida por la abogada KATTY DEL VALLE PIÑA GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 283.029, en consecuencia se declara terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese, anótese en los libros respectivos, y déjese copia para el copiador de sentencias.
Notifíquese a la parte solicitante de la presente decisión de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, bien sea.....