Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda ya ejecutada la pena, iniciar de oficio los trámites necesarios en caso de ser procedente el otorgamiento del Beneficio de la Suspensión Condicional de la Pena al penado: JUSTO JOSE RODRIGUEZ PEREDA Venezolano, de 40 años de edad, nacido en fecha: 02-08-65, casado, de oficio carretillero, residenciado en la Calle La Rinconada, calle 5 de julio, casa S/n de la Población de Manicuare, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-10.467.787.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público, a la Defensa Pública Penal, Abg. Carolina Martínez y al penado. Remítase copias certificadas de la sentencia y del presente auto de ejecución de la sentencia, adjunto a oficio a la .....