En fecha 09-10-2009, fue presentado por ante este Tribunal escrito de partición de comunidad conyugal por los ciudadanos Luís Gerardo Herrera Zubillaga y Xiomara Pastora Lespe Villasmil, antes identificados, asistidos por la abogado Maria Matilde Ferrer, anteriormente identificada, en la cual solicitan la partición de los bienes obtenidos durante el vinculo matrimonial, éste Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, de conformidad con el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, queda PASADA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el acuerdo suscrito entre las partes en el escrito de solicitud de Partición de Comunidad Conyugal, de fecha 09 de Octubre de 2009, cursante a los folios 02 y 03 de este expediente.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese