declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor de los adolescentes, XXXXXXX fundamento legal en los artículos 318 ordinal 3ro del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 561 literal "D" y 650 literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, niña y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño niña y del Adolescente. Se acuerda remitir las presentes actuaciones mediante oficio a archivo central a los fines de su resguardo, custodia y cuido, en espera de las boletas de notificación libradas a las partes. Cúmplase. Así se decide. En Cumaná, a los diez (10), días del mes de Noviembre del año dos mil nueve (2009 )
Abg. JOSE RAMON HERNANDEZ GIL.
Juez Primero de Control Sección Adolescente.
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