En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declina La Competencia de la presente causa seguida al sancionado xxxxx, venezolano, natural de Carúpano, titular de la cedula N° xxxx, soltero, nacido en fecha xxxxx, de xx años de edad, hijo de xxxxxx y xxxxx, residenciado en el xxxxxx, xxx; quien fue sancionado a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de cinco (05) años por la comisión del delito de homicidio intencional simple, tipificado en el artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano xxxxx y ordena remitir en su estado original al Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes de esta Circunscripción Judicial Con sede en la ciudad de Carúpano, a los fines de la ejecución de la sanción impuesta al adolescente de autos, todo de conformidad con lo pautado en el primer a.....