REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 10 de Noviembre de 2015
205º y 156º
Visto la diligencia del 06 de noviembre de 2015, presentada por el abogado JOSE FRANCISCO ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.811.190, inscrito en el Instituto de Previsión Social de abogado bajo el Nº 39.852 quien actúa como apoderado Judicial del ciudadano VALENTIN PAREDES HIDALGO, parte demandante de conformidad con lo solicitado, me ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA CAUSA, en estrecho apego a los principios establecidos en los artículos 2, 7 y 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se le indica que conforme se ha establecido respecto al avocamiento, en reiterada doctrina de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia – véase fallo del 07.03.2002., resulta conveniente recordar:
"...se reitera el criterio asentado en.....