"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 822 del Código Civil Venezolano , en concordancia con los articulos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y al principio constitucional de TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve: DECLARAR a los ciudadanos JOSE MIGUEL DAVILA ARAQUE, YOLANDA COROMOTO DAVILA MOLERO, IVONET DAVILA MOLERO, SICGLENI JOSEFINA DAVILA MOLERO, JOSE MIGUEL DEL CARMEN DAVILA MOLERO Y RAQUEL MARIA DAVILA MOLERO, en su carácter de conyuge el primero e hijos los demas de la hoy de cujus YOLANDA MOLERO DE DAVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 650.630, 4.487.504, .....