PRIMERO: Se declara CON LUGAR la pretensión de nulidad de la Providencia administrativa Número 1228, de fecha 29/10/2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo sede "Pedro Pascual Abarca" del Estado Lara, en la que declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pagos de salarios caídos, incoada por el ciudadano JOHAN VILLEGAS contra la entidad de trabajo C.A AZUCA (CENTRAL AZUCARERO CARORA).
TERCERO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República