En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y previo cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA justo título de propiedad a favor del Ciudadano: MAYKOL JOSE MENDOZA MILIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.530.719, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías construidas sobre un lote de terreno denominado "GRANJA ARANTMAY" que pertenece al Instituto nacional de Tierras (INTI), ubicado en el Sector El Potrerito, asentamiento Campesino La Mata, Parroquia José Gregorio Bastidas, Municipio Palavecino del Estado Lara, dicho lote de terreno tienen una extensión de TRES HECTAREAS CON TRES MIL CIENTO OCHO METROS CUADRADOS .....