En consecuencia, ESTE TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Niega la solicitud presentada en fecha 03 de noviembre de 2017 y ratificada en fecha 07 de noviembre de 2017, contentivo de solicitud de revisión de medida de privación preventiva de libertad y de sustitución por otra menos gravosa interpuesto por la abogada Jenny Aponte, en su carácter de Defensora Pública penal del ciudadano RUDY JESÚS PÉREZ RAMOS, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 32 años de edad, nacido en fecha 28/09/1984, titular de la cedula de identidad Nº: V- 17.021.097, de estado civil divorciado, de profesión u Oficio Abogado, hijo de Rubi Ramos y Jesús Pérez, con domicilio en Ubicada en la calle la paz, sector 9 de abril, vía San José, carretera nacional Carúpano – Casanay, casa s/n, específicamente detrás de al empresa AUTORIC.....