El Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano ALBERTO PRADA MIRANDA, titular de la cédula de identidad No.7.145.338, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, considera DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso en lo que respecta al ciudadano, identificado anteriormente. Seguidamente la parte demandada FUNDACION UNIVERSIDAD DE CARABOBO (FUNDAUC), mediante su apoderado judicial, expone: Ruego al Tribunal abstenerse de continuar conociendo el asunto subjudice por cuanto la disposiciones legales que regulan la materia le otorgan el conocimiento a casos como el de autos a los organismos administrativos competentes. Todas las razones de hecho como de derecho, que apuntalan esta solicitud constan.....