DISPOSITIVA
Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico procesal penal, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de la defensa y mantiene la medida de detención domiciliaria, al acusado ANTONI RONALD ALVAREZ COLMENAREZ, titular de la Cédula de Identidad No 21.461.509, quien es procesado por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, tipos penales previstos en los artículos 31 segundo aparte, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y 277 del Código Penal. Notifíquese a las partes. Librese las Boletas correspondientes. Publíquese. Cúmplase.